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¿Qué es el REPSE?

El REPSE es un Registro de Prestadores de Servicios para personas físicas y morales. Este es de carácter OBLIGATORIO. Ante la reforma del outsourcing y subcontratación en México, todas las empresas de servicios, debieron registrarse antes del 22 de agosto en el Padrón de servicios especializados para operar bajo las nuevas leyes que regulan la tercerización.

¿Quiénes deben registrarse en el REPSE?

El artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, establece que:

Se deben registrar las personas físicas o morales que pongan a disposición a los trabajadores en beneficio de la contratista para prestar los servicios. El no hacerlo puede llevarlo a acarrear multas que superan los 4 millones de pesos, la misma sanción podrá ser aplicable para quien subcontrate un servicio que no esté inscrito en el padrón.

¿Cómo obtengo el registro de REPSE?

Es importante considerar para poder registrarse, tu empresa debe encontrarse al corriente en sus obligaciones como son:

*SAT

*IMSS

*INFONAVIT

“Recuerda”

Si te prestan algún servicio de limpieza, seguridad, construcción entre otros, si no están dados de alta en el REPSE tus facturas de gastos NO serán deducibles.

Constructoras con SIROC estas obligadas a tener REPSE:

A partir del 1 de septiembre de 2021, el Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción (SIROC) del Instituto Mexicano del Seguro Social se actualizo conforme a lo siguiente:

Se adiciona el campo Número de REPSE, para el registro de obra de los usuarios cuando corresponda para el caso de Contratista, Subcontratista y obligatorio para el Subcontratista de ejecución de obra especializada.

Problemas típicos para obtener tu registro REPSE: •No tener las mismas actividades dadas de alta en el IMSS y elS SAT

• Anexar documentación Borrosas, ilegible o falsa

•No tener trabajadores en el IMSS

•No tener la nomina timbrada

•Llenar el cuestionario sin conocimiento de la actividad.

•No acreditar la actividad especializada en el objeto social del acta constitutiva.

ICSOE y SISUB: Aquellas personas físicas y morales que formen parte del Padrón Público de Contratistas de Servicios u Obras Especializadas a cargo de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, están obligadas a presentar de forma cuatrimestral dentro de los primeros 17 días del mes inmediato posterior a cuatrimestre obligado a presentar:

Disposiciones a cumplir de las personas físicas o morales:

Documentacion requerida_Obras
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Consideraciones_Repse
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